Desde el 1 de Junio de 2013 si vas a alquilar o vender tu inmueble, éste debe someterse a la certificación energética.
Este estudio debe ser realizado por un profesional (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero e ingeniero técnico) y sirve para obtener la etiqueta energética.
El resultado del Certificado Energético es la Etiqueta Energética y debe figurar en cualquier anuncio o acto publicitario del inmueble. Además esta etiqueta energética debe incluirse en el contrato en compraventa de un inmueble, y mostrar o entregar una copia en caso de que el contrato sea de arrendamiento.
Sólo 48 horas después de la visita del técnico podrás tener tu certificado energético.
CÓMO SE REALIZA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
Visita al inmueble
El técnico certificador debe realizar obligatoriamente una visita al inmueble. Una vez allí realiza una medición y recoge los datos constructivos y de instalaciones (calefacción, agua caliente y aire acondicionado) necesario para elabora el Certificado Energético.
Cálculo del Certificado Energético
El técnico elabora el Certificado Energético introduciendo los datos constructivos y de instalaciones en el programa informático habilitado por el Ministerio de Industria
Registro del Certificado Energético
La normativa obliga a presentar el Certificado Energético ante el registro habilitado de cada Comunidad Autónoma. Este trámite puede realizarlo el técnico certificador como representante del propietario.
Etiqueta Energética
El registro habilitado de cada Comunidad Autónoma emite la Etiqueta Energética registrada expresa la calificación obtenida por el inmueble en una escala de la A a la G.